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Acceso
a la información completa
La Ley 51/2007 de Presupuestos Generales del
Estado, contempla la posibilidad de de concesión de pensión a
convivientes que cumplan los requisitos exigidos.
Estas pensiones se concederán incluso cuando el
conviviente falleciera antes de 1 de enero de 2008.
Si usted cree que puede tener derecho a esta
pensión puede ponerse en contacto con nosotros.
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