Convocatoria de Plazas en el Colegio Mayor Universitario Jorge Juan
Se convocan 117 plazas en régimen de internado en el Colegio Mayor Universitario (CMU) «Jorge Juan» para el curso académico 2020/2021 entre los colegiales del curso 2019/2020 y los aspirantes de nuevo ingreso para facilitar el alojamiento y manutención, así como otros servicios complementarios en su caso, a los beneficiarios de los titulares de derecho que se encuentren cursando estudios universitarios en centros oficiales o legalmente autorizados en la Comunidad de Madrid, y cuyos padres o tutores legales, tengan fijado su domicilio habitual fuera de dicha Comunidad.
Plazas:
– Masculinas 57 plazas.
– Femeninas 60 plazas.
2. Titulares, beneficiarios y solicitantes
Se consideran Titulares, Beneficiarios y Solicitantes, para la presente convocatoria los siguientes:
2.1. Titulares de derecho.
a) El personal militar profesional de la Armada y de los Cuerpos Comunes adscritos a la acción social de la Armada, que se encuentre en las situaciones administrativas de Servicio activo, Reserva, Excedencia por violencia de género en los dos primeros meses o Suspensión de funciones cuando no exceda de seis meses.
b) El personal militar de la Armada y de los Cuerpos Comunes adscritos a la Acción Social de la Armada, que se encuentre en otra situación administrativa.
c) El personal militar retirado de la Armada y de los Cuerpos Comunes adscritos a la Acción Social de la Armada.
d) Los cónyuges viudos del personal citado en los párrafos a), b) y c), siempre que estén percibiendo pensión de clases pasivas causada por dichos titulares.
e) Los huérfanos del personal citado en los párrafos a), b) y c), siempre que estén percibiendo pensión de clases pasivas causada por dichos titulares.
f) El personal militar pertenenciente a los Ejércitos de Tierra, del Aire y de los Cuerpos Comunes adscrito a la Acción Social de éstos, en las situaciones administrativas previstas
g) El personal militar, perteneciente a la Guardia Civil, en las situaciones administrativas previstas en los apartados a), b) y c).
h) Personal militar extranjero destinado en UCO,s de las Fuerzas Armadas españolas o en puestos de organizaciones de seguridad y defensa en España, así como los militares extranjeros acreditados en España.
i) Personal civil (funcionario y laboral) del Ministerio de Defensa que preste servicios en Unidades, Centros y Organismos (UCO,s) de la estructura orgánica de la Armada.
j) Personal civil (funcionario y laboral) que preste servicioen UCO,s del Ministerio de Defensa ajenas a la Armada.
k) Personal civil ajeno al Ministerio de Defensa, con una especial vinculación con la Armada, a valorar por la Jefatura de Personal, con carácter excepcional, y cuando existan plazas disponibles. en los apartados a), b) y c).