Proposición de Ley del PSOE para extender la pensión de orfandad hasta los 25 años
EL grupo Parlamentario Socialista ha presentado una proposición de Ley de modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, con el fin de equiparar la pensión de orfandad al Régimen General de la Seguridad Social.
El PSOE quiere equiparar la pensión de orfandad prevista en el régimen de clases pasivas con la establecida en el régimen general de la Seguridad Social, manteniéndose la regla general (21 años como edad límite para percibir la pensión de orfandad), ampliable a los 25 en determinados supuestos.
Tal y como recoge la exposición de motivos de la Proposición de Ley: Actualmente, tanto en el régimen general de la seguridad social como en el de clases pasivas, con carácter general la edad límite para ser beneficiario de la pensión es de veintiún años. No obstante en ambos regímenes la edad se eleva cuando el huérfano no realiza trabajo lucrativo o sus ingresos son inferiores al salario mínimo interprofesional; incluso se prevé que el huérfano que cursa estudios, cumplida la edad límite, mantenga la pensión de orfandad hasta el inicio del siguiente curso académico.
Según la normativa vigente se produce un tratamiento diferenciado según el régimen aplicable:
• En el régimen de clases pasivas, la edad límite son los 22 años en los supuesto de orfandad simple, mientras que se extiende hasta los 24 años en los supuestos de orfandad absoluta o cuando el huérfano presenta una discapacidad igual o superior al 33%.
• En el régimen general de la Seguridad Social, la edad en todos estos supuestos es de 25 años desde la aprobación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre Actualización, Adecuación y Modernización de la Seguridad Social, que modificó en este y otros aspectos el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social.
Con esta proposición de Ley, el PSOE busca extender la pensión de orfandad hasta los 25 años para los casos en los que el huérfano no perciba ingresos por el trabajo o que éstos sean inferiores al salario mínimo interprofesional.